BLOQUE 1. INTRODUCCIÓN: LA LENGUA EXTRANJERA EN EDUCACIÓN INFANTIL
1. La enseñanza precoz de idiomas.
En la ORDEN del 8 de Febrero del 2000:
Artículo 3. Inicio y duración de la experiencia.
1. Los centros que impartan sólo enseñanzas de Educación Infantil iniciarán la experiencia de anticipación de la enseñanza de una lengua extranjera en el primer curso del segundo ciclo de esta etapa educativa, y la mantendrán.
Según la ORDEN del 5 de Agosto del 2008:
En el segundo ciclo de educación infantil se proporcionará el acercamiento de los niños y niñas a la lengua escrita como instrumento para expresar, comprender e interpretar la realidad a través de situaciones funcionales de lectura y escritura.
2. La adquisición de la L1 y L2
En la ORDEN del 8 de Febrero del 2000:
El dominio de una lengua extranjera se transforma en un componente básico de la formación de los futuros ciudadanos.
Nuestro sistema educativo, al recoger entre los objetivos y contenidos de enseñanza los que se refieren al desarrollo de la capacidad de comprensión y expresión utilizando como vehículo una lengua extranjera, establece la necesidad de que la escuela contribuya con su acción educativa al desarrollo de esa capacidad.
En el “Área 3. Lenguajes: Comunicación y representación” de la ORDEN del 5 de Agosto de 2008 se cita:
Se promoverá la sensibilidad y reconocimiento de aquellos otros lenguajes y formas de expresión de contextos y realidades multiculturales y plurilingües en los que están inmersos los niños y niñas. Así mismo, se fomentara la curiosidad y motivación hacia el aprendizaje de una lengua extranjera.
3. Las características del alumnado de educación infantil.
A lo largo de la ORDEN del 5 de Agosto de 2008, se muestran las distintas características que tendrá el alumnado de infantil y los objetivos que se proponen en cada una de las áreas.
4. El factor edad y el desarrollo cognitivo.
Según la ORDEN del 5 de Agosto de 2008:
El desarrollo del lenguaje posee también un componente cognitivo. Los niños y niñas van incrementando su capacidad para referiste a lo que les rodea en la medida que van conociéndolo y comprendiéndolo. Así, irán tomando la iniciativa para participar en situaciones habituales de comunicación. La escuela debe proporcionarles gran variedad de situaciones y contextos.
5. El aprendizaje multisensorial.
Según la ORDEN del 5 de Agosto de 2008:
En el uso de los distintos lenguajes, niñas y niños irán descubriendo las posibilidades expresivas de cada uno. De esta manera se facilitara que adquieran los códigos propios de cada lenguaje y los utilicen según sus intenciones comunicativas.
El lenguaje corporal permite a los niños y niñas expresar su voluntad, necesidades, estados de ánimo, vivencias, etc. Además, el juego simbólico y la expresión dramática tendrán una consideración especial al permitir manifestar la afectividad, apropiarse de la realidad y dar cuenta del conocimiento del mundo.
BLOQUE 2. DESARROLLO DEL CURRÍCULO DE LENGUA EXTRANJERA EN EDUCACIÓN INFANTIL:
1. La gestión del aula de lengua extranjera en educación infantil.
En la ORDEN del 8 de Febrero de 2000:
Artículo 5. Profesorado que impartirá estas enseñanzas.
1. La enseñanza de la lengua extranjera será llevada a cabo por maestros o maestras que impartan docencia en el centro y que cuenten con la necesaria especialización o habilitación para ello.
2. La participación del centro en la experiencia no podrá suponer menoscabo de otras actividades docentes ni incremento de la dotación de profesorado del centro. A este respecto, los equipos directivos realizarán los ajustes oportunos en el horario del profesorado.
2. La evaluación del aprendizaje en el área de lengua extranjera de educación infantil.
Según la ORDEN del 5 de Agosto de 2008:
La valoración sobre el desarrollo del lenguaje oral ha de ir encaminada a la observación de la capacidad de expresarse y comunicarse oralmente. Igualmente se tendrá en cuenta la capacidad para escuchar y comprender mensajes, explicaciones o informaciones, etc. El respeto a los demás, la atención a lo que dicen así como el uso de las convenciones sociales en conversaciones también se evaluarán en esta etapa.
Respecto a la evaluación del lenguaje escrito se considerará el interés que muestran por los textos escritos, así como la participación en las situaciones de lectura y escritura que se producen en el aula.
Merece especial atención la observación del desarrollo de habilidades expresivas y el interés mostrado. Se valorará las actitudes positivas hacia las producciones artísticas en distintos medios.
3. Programación anual, unidades didácticas y sesiones de clase.
En la ORDEN del 8 de Febrero de 2000:
Artículo 6. Contenidos de enseñanza.
1. Los contenidos para la enseñanza de la lengua extranjera serán seleccionados por el Equipo Técnico de Coordinación Pedagógica del centro, conjugando criterios, de manera que sea posible abordar su enseñanza, simultáneamente, tanto desde el área de lengua extranjera como desde los otros ámbitos.
2. El Equipo Técnico de Coordinación Pedagógica de los centros que decidan anticipar la enseñanza de la lengua extranjera procederá a realizar la adaptación de su Proyecto Curricular de Centro. Dicha adaptación se referirá a la selección y secuenciación de objetivos y contenidos, estrategias de enseñanza y aprendizaje y el horario para la enseñanza de la lengua extranjera y de los restantes ámbitos o áreas del conocimiento del ciclo.
3. En el caso de la Educación Infantil, se tendrá en cuenta el carácter globalizador e integrador que debe tener el currículum en esta etapa educativa. Por ello, los contenidos para la enseñanza de las lenguas extranjeras se vincularán con los correspondientes a los diferentes ámbitos de conocimiento en los que se estructura el currículum.
Artículo 4, Dedicación horaria.
1. Para la enseñanza de la lengua extranjera, se dedicará entre 1,5 y 2 horas semanales, distribuidas en tres o más sesiones de clase.
2. En el caso del segundo ciclo de Educación Infantil, la distribución de este tiempo y su concreción en el horario del aula deberá quedar recogida en el Proyecto Curricular de Centro y la correspondiente programación de aula.
4. Investigación-acción en el área de lengua extranjera de educación infantil y desarrollo profesional continuado.
Como se detalla en el apartado “C. Orientaciones Metodológicas” de la ORDEN del 5 de Agosto de 2008 para “La configuración del ambiente: marco del trabajo educativo”:
Los profesionales de la educación infantil tienen una responsabilidad que ha de responder a una reflexión e investigación sobre la característica y peculiar manera de crecer y aprender de los más pequeños. El equipo educativo ha de ser coherente y dar respuesta a los intereses y necesidades de los tres protagonistas implicados en la tarea educativa: niños y niñas, familias y profesionales.
BLOQUE 3. DIDÁCTICA DE LA EXPRESIÓN Y LA COMPRENSIÓN ORAL EN EDUCACIÓN INFANTIL
1. Desarrollo de la competencia comunicativa en el aula de lengua extranjera en educación infantil.
Según detalla la ORDEN del 5 de Agosto de 2008 en el Bloque II: Lenguaje verbal Escuchar, hablar y conversar, se menciona:
El acercamiento a una lengua extranjera se realizará a través de situaciones habituales de comunicación y en contextos de vida cotidiana.
2. La comunicación no verbal y sus implicaciones para la clase de inglés como lengua extranjera en educación infantil.
Según la ORDEN del 5 de Agosto de 2008:
El uso del contexto visual y no verbal transferido desde las lenguas que conocen a otra lengua, facilitará el desarrollo de estrategias básicas para apoyar la comprensión y expresión oral de mensajes en una lengua extranjera.
En lo referente a 3. La pronunciación, 4. Total Physical Response, 5. El vocabulario de aula, 6. El uso de las canciones y rimas, 7. Cuentos y teatro, 8. Juegos y manualidades.
Según la ORDEN del 5 de Agosto de 2008:
Se crearán situaciones donde los niños y niñas escuchen fragmentos de canciones, cuentos, poesía o rimas en lengua extranjera, y algunos o algunas de ellas, ayudados por el tutor o tutora, serán capaces de memorizarlos y recitarlos.
BLOQUE 4. ELABORACIÓN DE MATERIALES
En relación con este bloque que abarca: 1. Pautas generales para la elaboración de materiales en lengua extranjera en educación infantil, 2. Recursos didácticos y 3. Las tecnologías de la información y la comunicación en la enseñanza de lengua extranjera en educación infantil:
Según el “Art. 8: Apoyo a los centros” en la ORDEN del 8 de Febrero de 2000:
c) Dotación de material didáctico específico, en soporte audiovisual y manipulativo, adaptado a las características del alumnado.
Según la ORDEN del 5 de Agosto de 2008:
La escuela infantil debe ofrecer oportunidades para la experimentación con recursos como las tecnologías de la información y comunicación, libros y material impreso; y otros materiales y recursos expresivos como pinturas, arcilla, láminas y libros de arte, mapas y lupas. El uso de estos materiales en situaciones educativas planificadas, aproximaran a estos niños y niñas a estos medios ayudándoles a encontrar significados.
La organización y disposición de los materiales en la escuela debe facilitar la autonomía e independencia de los niños y niñas. Deben disponerse ordenadamente de forma que permita saber su ubicación y facilite su colocación posterior.
Se debe tender a recuperar, reutilizar y reciclar materiales ayudando a los niños y niñas a descubrir nuevas posibilidades de uso.
Los profesionales de la escuela deben contar con materiales que apoyen su tarea: audiovisuales, informativos, etc. De especial interés serán aquellos materiales de diseño y confección propia que ayudarán al equipo educativo a desarrollar el currículo de forma no estandarizada ajustándose al contexto y a las necesidades de los niños y niñas a los que van dirigidos.